{"id":5665301,"date":"2020-10-16T12:46:33","date_gmt":"2020-10-16T10:46:33","guid":{"rendered":"https:\/\/www.herreradelduque.com\/?p=5665301"},"modified":"2020-10-16T12:47:29","modified_gmt":"2020-10-16T10:47:29","slug":"bolsa-temporal-de-peones","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.herreradelduque.com\/en\/bolsa-temporal-de-peones\/","title":{"rendered":"Bolsa Temporal de Peones"},"content":{"rendered":"<p>Consulta las bases para la bolsa temporal de peones<!--more--><\/p>\n<p><strong>BASES QUE HAN DE REGIR EN LA SELECCI\u00d3N CONVOCADA POR EL AYUNTAMIENTO DE HERRERA DEL DUQUE PARA LA CREACI\u00d3N DE UNA BOLSA PARA LA PROVISI\u00d3N TEMPORAL DE PEONES.<\/strong><\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><strong>1.- OBJETO.<\/strong><\/p>\n<p>Es objeto de las presentes bases la creaci\u00f3n de una bolsa de trabajo espec\u00edfica de <strong>PEONES<\/strong>. Esta bolsa se utilizar\u00e1 para cubrir bajas, vacantes o cualquier otra necesidad urgente que pudiera surgir. Una vez constituida la Bolsa de Trabajo, su permanencia no supondr\u00e1, bajo ning\u00fan concepto, la existencia de relaci\u00f3n jur\u00eddica entre los integrantes de la misma y el Ayuntamiento de Herrera del Duque, hasta que no se produzca el llamamiento para ocupar un puesto de trabajo y se formalice la relaci\u00f3n contractual.<\/p>\n<p>El pertenecer a la Bolsa de Trabajo no conlleva derecho a llamamiento, si no existieran necesidades de servicio que se justificaran en la contrataci\u00f3n.<\/p>\n<p>Esta bolsa se constituir\u00e1 para la realizaci\u00f3n de contrataciones temporales, a tiempo completo, de acuerdo con las necesidades del servicio. El periodo de contrataci\u00f3n depender\u00e1 de las necesidades de servicio con un periodo m\u00ednimo de dos meses prorrogable hasta un a\u00f1o como m\u00e1ximo..<\/p>\n<p>Cuando finalice la relaci\u00f3n contractual entre el Ayuntamiento de Herrera del Duque y el trabajador o trabajadora, \u00e9ste ser\u00e1 eliminado de la Bolsa de Trabajo, con el fin de dar oportunidad laboral a las personas que constituyan la misma.<\/p>\n<p>En el caso del que el trabajador\/a este en m\u00e1s de una bolsa de trabajo del Ayuntamiento de Herrera del Duque y se proceda a su llamamiento en una de ellas, se le pasara al \u00faltimo puesto de las otras en las que este apuntado.<\/p>\n<p>El desplazamiento al puesto de trabajo correr\u00e1 a cuenta del trabajador\/a<\/p>\n<p><strong>2.-\u00a0 CONDICIONES DE LOS ASPIRANTES.<\/strong><\/p>\n<p>Para poder ser admitidos a la selecci\u00f3n, los y las aspirantes deber\u00e1n reunir en la fecha de finalizaci\u00f3n del plazo de presentaci\u00f3n de solicitudes, todos y cada uno de los siguientes requisitos:<\/p>\n<ol>\n<li>Ser espa\u00f1ol\/a o ciudadano\/a de cualquiera de los Estados miembros de la U.E., o de aquellos Estados a los que, en virtud de tratados internacionales celebrados por la U.E. y ratificados por Espa\u00f1a, le sea de aplicaci\u00f3n la libre circulaci\u00f3n de trabajadores, en los t\u00e9rminos previstos en la Ley 17\/93 de 23 de diciembre y dem\u00e1s normas concordantes.<\/li>\n<li>Ser mayor de 16 a\u00f1os.<\/li>\n<li>No padecer enfermedad ni estar afectado por limitaci\u00f3n f\u00edsica o ps\u00edquica incompatible con el desempe\u00f1o de las correspondientes funciones.<\/li>\n<li>No haber sido separado de ninguna Administraci\u00f3n P\u00fablica, mediante expediente disciplinario ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones p\u00fablicas por sentencia firme.<\/li>\n<li>Estar inscrito en el SEXPE como demandante de empleo, o mejora de empleo.<\/li>\n<li>Tener total disponibilidad para desempe\u00f1ar su jornada de trabajo de forma partida, si as\u00ed se indica por el Ayuntamiento, as\u00ed como tener disponibilidad para trabajar durante d\u00edas festivos, si as\u00ed lo requiere el servicio.<\/li>\n<li>Estar en posesi\u00f3n del permiso de conducir B1 o bien, tener el acceso a un medio de desplazamiento.<\/li>\n<li>Tener experiencia demostrable en alba\u00f1iler\u00eda con documentaci\u00f3n<\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>3.-\u00a0 SELECCI\u00d3N.<\/strong><\/p>\n<p>Se valorar\u00e1:<\/p>\n<ol>\n<li>Por no percibir prestaci\u00f3n: <strong>1 punto<\/strong>.<\/li>\n<li>Por no haber sido contratado\/a por el Ayuntamiento de Herrera del Duque para ning\u00fan puesto de trabajo en los \u00faltimos dos a\u00f1os: <strong>1 punto<\/strong>.<\/li>\n<li>Por estar dentro de los sectores de edad desfavorecidos (menores de 30 y mayores de 45): <strong>1<\/strong><strong> puntos<\/strong>.<\/li>\n<li>Experiencia como pe\u00f3n u oficial de alba\u00f1iler\u00eda, 0,20 por mes trabajado, demostrado con contrato de trabajo y vida laboral: hasta un<strong> m\u00e1ximo de 5 puntos.<\/strong><\/li>\n<\/ol>\n<p>La valoraci\u00f3n del concurso se efectuar\u00e1 por el Tribunal, que se reunir\u00e1 a tal efecto a partir de las <strong>10.00 horas del d\u00eda 5 de noviembre de 2020<\/strong><strong> proponi\u00e9ndose <\/strong>a aparecer por orden decreciente de puntuaci\u00f3n en la Bolsa de Trabajo.<\/p>\n<p><strong>4.- RETRIBUCIONES.<\/strong><\/p>\n<p>La persona contratada, percibir\u00e1 el importe del S.M.I. mensual incluida paga extra<\/p>\n<p><strong>5.- SOLICITUDES.<\/strong><\/p>\n<p>Las solicitudes, ajustadas al modelo de instancia que se facilitar\u00e1 al efecto, se presentar\u00e1n en el Registro General de este Ayuntamiento, en horas y d\u00edas h\u00e1biles de oficina, <strong>hasta las 15 horas del d\u00eda 30 octubre de 2020<\/strong>, a la que habr\u00e1 que acompa\u00f1ar la documentaci\u00f3n acreditativa del cumplimiento de los requisitos necesarios para ser admitidos, as\u00ed como de aquella que el aspirante pretenda que sea valorada por el Tribunal, en la fase de concurso.<\/p>\n<p>La documentaci\u00f3n se presentar\u00e1 en original o fotocopia compulsada.<\/p>\n<p>El cumplimiento de los requisitos c. y d., se declarar\u00e1n por el solicitante en la instancia, pudiendo solicitarse la aportaci\u00f3n de los documentos acreditativos de los mismos una vez finalizado el plazo de presentaci\u00f3n de instancias y con anterioridad a la contrataci\u00f3n.<\/p>\n<p><strong>6.- TRIBUNAL.<\/strong><\/p>\n<p>El Tribunal calificador estar\u00e1 integrado por cuatro miembros (un Presidente, dos Vocales y un Secretario), design\u00e1ndose igual n\u00famero de suplentes. En la designaci\u00f3n de sus miembros deber\u00e1n respetarse los principios de imparcialidad y profesionalidad y se tender\u00e1 a la paridad entre mujeres y hombres, observ\u00e1ndose, en cualquier caso, el m\u00ednimo del 40% de cada sexo. Todos los miembros del Tribunal, titulares y suplentes, habr\u00e1n de ser empleados p\u00fablicos y poseer una titulaci\u00f3n igual o superior a la requerida para el acceso a la plaza convocada. A sus deliberaciones pueden asistir como observadores, un representante por cada organizaci\u00f3n sindical con representaci\u00f3n en la Corporaci\u00f3n. Los miembros que concurran en las circunstancias previstas en los art\u00edculos 23 y 24 de la Ley 40\/2015, de 1 de octubre, de R\u00e9gimen Jur\u00eddico del Sector P\u00fablico deber\u00e1n abstenerse de intervenir en el procedimiento comunic\u00e1ndolo a la Autoridad convocante, pudiendo ser recusados por los aspirantes admitidos. No podr\u00e1n constituirse ni actuar sin la asistencia de m\u00e1s de la mitad de sus miembros titulares o, en su caso, suplentes. En ausencia del o la Presidenta le sustituir\u00e1 el o la Vocal presente de mayor jerarqu\u00eda, antig\u00fcedad y edad, por ese orden. Cuando el proceso selectivo por dificultades t\u00e9cnicas o de otra \u00edndole, as\u00ed lo aconseje, el Tribunal por medio de su Presidenta\/e, podr\u00e1 disponer la incorporaci\u00f3n al mismo con car\u00e1cter temporal, de especialidades t\u00e9cnicas, en desarrollo de los procesos de selecci\u00f3n y bajo la direcci\u00f3n del citado Tribunal.<\/p>\n<p>As\u00ed, el Tribunal quedar\u00e1 constituido por los siguientes miembros:<\/p>\n<ul>\n<li>Presidenta\/e: Funcionaria\/o de la Corporaci\u00f3n.<\/li>\n<li>Secretaria\/o: La secretaria de la Corporaci\u00f3n o funcionaria que la sustituya.<\/li>\n<li>Vocales: Dos funcionarias\/os o personal laboral del Ayuntamiento de Herrera del Duque o cualquier organismo P\u00fablico.<\/li>\n<\/ul>\n<p><strong>7.- INCIDENCIAS.<\/strong><\/p>\n<p>El Tribunal resolver\u00e1 por mayor\u00eda de votos de sus miembros presentes, todas las dudas y propuestas que surjan para la aplicaci\u00f3n de las normas contenidas en estas Bases, y estar\u00e1 facultado para resolver las cuestiones e incidencias que puedan suscitarse durante la realizaci\u00f3n de las pruebas, as\u00ed como para adoptar las medidas necesarias que garanticen el debido orden en las mismas en todo lo no previsto en las Bases.<\/p>\n<p>En Herrera del Duque, a 14 de octubre de 2020.<\/p>\n<p>El Alcalde-Presidente<\/p>\n<p>Fdo.: Saturnino Alc\u00e1zar Vaquerizo.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Consulta las bases para la bolsa temporal de peones<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":5665302,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":[],"categories":[11],"tags":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.herreradelduque.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/5665301"}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.herreradelduque.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.herreradelduque.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.herreradelduque.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.herreradelduque.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=5665301"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/www.herreradelduque.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/5665301\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":5665304,"href":"https:\/\/www.herreradelduque.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/5665301\/revisions\/5665304"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.herreradelduque.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/media\/5665302"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.herreradelduque.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=5665301"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.herreradelduque.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=5665301"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.herreradelduque.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=5665301"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}