{"id":5665539,"date":"2020-12-02T13:18:53","date_gmt":"2020-12-02T12:18:53","guid":{"rendered":"https:\/\/www.herreradelduque.com\/?p=5665539"},"modified":"2020-12-02T13:18:53","modified_gmt":"2020-12-02T12:18:53","slug":"plaza-de-auxiliar-de-reparto","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.herreradelduque.com\/en\/plaza-de-auxiliar-de-reparto\/","title":{"rendered":"Plaza de Auxiliar de Reparto"},"content":{"rendered":"<p>Consulta las bases de esta nueva plaza de auxiliar de reparto <!--more--><\/p>\n<p>Pongo en conocimiento de todos los vecinos\/as, las Bases que han de regir en la selecci\u00f3n para la <strong>CREACI\u00d3N DE UNA BOLSA PARA PROVISI\u00d3N TEMPORAL DE AUXILIARES DE REPARTO DE COMIDA A DOMICILIO<\/strong> de Herrera del Duque.<\/p>\n<p><strong>OBJETO<\/strong>: Es objetivo de las presentes bases la creaci\u00f3n de una bolsa de trabajo especifica de Auxiliares de reparto de comida del servicio de comida a domicilio del Ayuntamiento de Herrera del Duque. Esta bolsa se utilizar\u00e1 para cubrir bajas, vacantes, aumento de usuario o cualquier otra necesidad urgente que pudiera surgir.<\/p>\n<p><strong>REQUISITOS<\/strong>: .- Ser Espa\u00f1ol y ser mayor de 16 a\u00f1os, sin perjuicio de lo dispuesto en la legalidad vigente para el acceso de nacionales de los Estados Miembros, as\u00ed como los extranjeros residentes en Espa\u00f1a que re\u00fanan los requisitos exigidos en la Ley Org\u00e1nica 4\/2000.<\/p>\n<p>.- No padecer enfermedad o defecto f\u00edsico o ps\u00edquico que impida el desempe\u00f1o de las funciones.<\/p>\n<p>.- No estar incurso en ninguna causa de inhabilitaci\u00f3n para el desempe\u00f1o de la Funci\u00f3n P\u00fablica, ni haber sido separado de ninguna Administraci\u00f3n P\u00fablica.<\/p>\n<p>.- Estar inscrito en el SEXPE en situaci\u00f3n de demandante de empleo o mejora de empleo.<\/p>\n<p>.- Tener total disponibilidad para desempe\u00f1ar su jornada de trabajo de forma partida, si as\u00ed se indica por el Ayuntamiento, as\u00ed como tener total disponibilidad para trabajar durante d\u00edas festivos.<\/p>\n<p>.- Estar en posesi\u00f3n del Carnet de Manipulador de alimentos.<\/p>\n<p>.- Estar en posesi\u00f3n de carnet conducir B1.<\/p>\n<p>Los requisitos para concurrir est\u00e1n referidos al \u00faltimo d\u00eda de presentaci\u00f3n de instancias.<\/p>\n<p><strong>DURACI\u00d3N CONTRATO<\/strong>: Seis Meses.<\/p>\n<p><strong>RETRIBUCIONES<\/strong>: Las personas contratadas percibir\u00e1n el salario correspondiente al SMI, seg\u00fan las horas contratadas, incluida paga extra<\/p>\n<p><strong>PROCESO SELECTIVO<\/strong>: Concurso, se valorar\u00e1 lo establecido en las Bases y Entrevista Curricular.<\/p>\n<p><strong>\u00a0<\/strong>El Tribunal se reunir\u00e1 a tal efecto en la Sala de Juntas del Ayuntamiento,<strong> a partir de las 10,00 horas del d\u00eda 16\u00a0 de diciembre de 2020.<\/strong><\/p>\n<p><strong>\u00a0SOLICITUDES<\/strong>: Las solicitudes ajustadas al modelo de instancia que se facilitar\u00e1n al efecto, se presentar\u00e1n, en el Registro de este Ayuntamiento o a trav\u00e9s de la sede electr\u00f3nica, Hasta las 15,00 horas del d\u00eda 15 de diciembre de 2020.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>BASES QUE HAN DE REGIR EN LA SELECCI\u00d3N CONVOCADA POR EL AYUNTAMIENTO DE HERRERA DEL DUQUE, PARA\u00a0 LA CREACI\u00d3N DE UNA BOLSA PARA LA PROVISI\u00d3N\u00a0 TEMPORAL DE AUXLILIARES DE REPARTO DE COMIDA A DOMICILIO.<\/strong><strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<ol>\n<li><strong>OBJETO:<\/strong><\/li>\n<\/ol>\n<p>Es objeto de las presentes bases la creaci\u00f3n de una bolsa de trabajo espec\u00edfica de Auxiliares de reparto de comida del servicio de comida a domicilio del Ayuntamiento de Herrera del Duque. Esta bolsa se utilizar\u00e1 para\u00a0 cubrir bajas, vacantes, aumento de usuarios o cualquier otra necesidad urgente que pudiera surgir.<\/p>\n<p>Una vez constituida la Bolsa de Trabajo, su permanencia no supondr\u00e1, bajo ning\u00fan concepto, la existencia de relaci\u00f3n jur\u00eddica entre los integrantes de la misma y el Ayuntamiento de Herrera del Duque, hasta que no se produzca el llamamiento para ocupar un puesto de trabajo y se formalice la relaci\u00f3n contractual.<\/p>\n<p>El pertenecer a la Bolsa de Trabajo no conlleva derecho al llamamiento, si no existieran necesidades de servicio que se justificar\u00e1n en la contrataci\u00f3n.<\/p>\n<p>Esta bolsa se realizar\u00e1 para la realizaci\u00f3n de contrataciones temporales, a tiempo parcial, de acuerdo con las necesidades del servicio. El plazo de contrataci\u00f3n ser\u00e1 de 6\u00a0 meses.<\/p>\n<p>Funciones relacionadas con la distribuci\u00f3n de comidas:<\/p>\n<ul>\n<li>Carga y descarga del veh\u00edculo<\/li>\n<li>Reparto y recogida a domicilio de los recipientes t\u00e9rmicos<\/li>\n<li>Uso de todo tipo de utensilios, herramientas, recipientes, as\u00ed como veh\u00edculo preparado al efecto.<\/li>\n<li>Mantenimiento y limpieza del veh\u00edculo<\/li>\n<li>Atenci\u00f3n social a los usuarios,Otras de an\u00e1loga naturaleza que les sean encomendadas por la Direcci\u00f3n de \u00c1rea.<\/li>\n<\/ul>\n<ol start=\"2\">\n<li><strong>CONDICIONES DE LOS ASPIRANTES:<\/strong><\/li>\n<\/ol>\n<p>Para poder ser admitidos a la selecci\u00f3n, los aspirantes deber\u00e1n reunir en la fecha de finalizaci\u00f3n del plazo de presentaci\u00f3n de solicitudes, todos y cada uno de los siguientes requisitos:<\/p>\n<ol>\n<li>Ser espa\u00f1ol\/a o ciudadana\/o de cualquiera de los Estados miembros de la U.E., o de aquellos Estados a los que, en virtud de tratados internacionales celebrados por la U.E., y ratificados por Espa\u00f1a, le sea de aplicaci\u00f3n la libre circulaci\u00f3n de trabajadores, en los t\u00e9rminos previstos en la Ley 17\/93 de 23 de diciembre y dem\u00e1s normas concordantes.<\/li>\n<li>Ser mayor de 16 a\u00f1os.<\/li>\n<li>No padecer enfermedad o defecto f\u00edsico que impida el normal desarrollo de sus funciones.<\/li>\n<li>No haber sido separado de ninguna Administraci\u00f3n P\u00fablica, mediante expediente disciplinario ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones p\u00fablicas por sentencia firme.<\/li>\n<li>Estar inscrito en el SEXPE en situaci\u00f3n de demandante de empleo o mejora de empleo<\/li>\n<li>Tener total disponibilidad para desempe\u00f1ar su jornada de trabajo de forma partida, si as\u00ed se indica por el Ayuntamiento, as\u00ed como tener total disponibilidad para trabajar durante d\u00edas festivos.<\/li>\n<li>Estar en posesi\u00f3n del Carnet de Manipulador de alimentos en vigor<\/li>\n<li>Estar en posesi\u00f3n del carnet conducir B1.<\/li>\n<li><strong> SELECCI\u00d3N:<\/strong><\/li>\n<\/ol>\n<p>Se valorar\u00e1:<\/p>\n<ul>\n<li>Por no percibir prestaci\u00f3n, 1 punto<\/li>\n<li>Por no haber sido contratado\/a por el Ayuntamiento para ning\u00fan puesto de trabajo en los \u00faltimos dos a\u00f1os, 2 puntos<\/li>\n<li>Por estar dentro del sector de edad desfavorecido (menores de 30 a\u00f1os y mayores de 45), 2 puntos<\/li>\n<li>Entrevista personal relacionada con el puesto de trabajo, 3 puntos<\/li>\n<\/ul>\n<p>La valoraci\u00f3n del concurso se efectuar\u00e1 por el Tribunal, que se reunir\u00e1 a tal efecto a partir de las <strong>10.00 horas del d\u00eda 16 de diciembre de 2020<\/strong>.<\/p>\n<p>Efectuada la valoraci\u00f3n, y a continuaci\u00f3n, se proceder\u00e1 a la realizaci\u00f3n de la entrevista, proponi\u00e9ndose para la contrataci\u00f3n a la aspirante\u00a0 que haya obtenido la mayor puntuaci\u00f3n, quedando el resto por orden decreciente de puntuaci\u00f3n en la\u00a0 bolsa de trabajo.<\/p>\n<ol start=\"4\">\n<li><strong> RETRIBUCIONES:<\/strong><\/li>\n<\/ol>\n<p>Las personas contratadas percibir\u00e1n el salario correspondiente al \u00a0SMI, seg\u00fan las horas contratadas, incluida paga extra<strong>\u00a0<\/strong><\/p>\n<ol start=\"5\">\n<li><strong> HORARIO<\/strong><\/li>\n<\/ol>\n<p>Jornada parcial. Seg\u00fan las necesidades del servicio.<\/p>\n<ol start=\"6\">\n<li><strong> SOLICITUDES:<\/strong><\/li>\n<\/ol>\n<p>Las solicitudes, ajustadas al modelo de instancia que se facilitar\u00e1 al efecto, se presentar\u00e1n en el Registro General de este Ayuntamiento, en horas y d\u00edas h\u00e1biles de oficina, hasta las 15 horas del d\u00eda\u00a0 15 de diciembre de 2020, a la <strong>que habr\u00e1 que acompa\u00f1ar la documentaci\u00f3n acreditativa del cumplimiento de los requisitos necesarios para ser admitidos, as\u00ed como la de aquella que el aspirante pretenda que sea valorada por el Tribunal, en la fase de concurso.<\/strong><\/p>\n<p>La documentaci\u00f3n se presentar\u00e1 en original o fotocopia compulsada.<\/p>\n<p>El cumplimiento de los requisitos c) y d), se declarar\u00e1n por el solicitante en la instancia, pudiendo solicitarse la aportaci\u00f3n de los documentos acreditativo de los mismos, una vez finalizado el plazo de presentaci\u00f3n de instancias y con anterioridad a la contrataci\u00f3n.<\/p>\n<ol start=\"7\">\n<li><strong> TRIBUNAL:<\/strong><\/li>\n<\/ol>\n<p>El Tribunal calificador estar\u00e1 integrado por cinco miembros (un Presidente, dos vocales y un Secretario), design\u00e1ndose igual n\u00famero de suplentes. En la designaci\u00f3n de sus miembros deber\u00e1n respetarse los principios de imparcialidad y de profesionalidad y se tender\u00e1 a la paridad entre mujeres y hombres observ\u00e1ndose, en cualquier caso, el m\u00ednimo del 40% de representaci\u00f3n de cada sexo. Todos los miembros del Tribunal, titulares y suplentes, habr\u00e1n de ser empleados p\u00fablicos y poseer una titulaci\u00f3n igual o superior a la requerida para el acceso a la plaza convocada. A sus deliberaciones pueden asistir como observador un representante por cada organizaci\u00f3n sindical con representaci\u00f3n en la Corporaci\u00f3n. Los miembros en que concurran las circunstancias previstas los art\u00edculos 23 y 24 de la Ley 40\/2015, de 1 de octubre, de R\u00e9gimen Jur\u00eddico del Sector P\u00fablico deber\u00e1n abstenerse de intervenir en el procedimiento comunic\u00e1ndolo a la Autoridad convocante, pudiendo ser recusados por los aspirantes admitidos. No podr\u00e1n constituirse ni actuar sin la asistencia de m\u00e1s de la mitad de sus miembros titulares, o en su caso, suplentes. En ausencia del o la Presidenta le sustituir\u00e1 el o la Vocal presente de mayor jerarqu\u00eda, antig\u00fcedad y edad, por ese orden. Cuando el proceso selectivo por dificultades t\u00e9cnicas o de otra \u00edndole, as\u00ed lo aconsejase, el Tribunal por medio de su Presidente, podr\u00e1 disponer la incorporaci\u00f3n al mismo con car\u00e1cter temporal, de especialidades t\u00e9cnicas, en desarrollo de los procesos de selecci\u00f3n y bajo la direcci\u00f3n del citado Tribunal.<\/p>\n<p>As\u00ed, el Tribunal quedar\u00e1 constituido por los siguientes miembros:<\/p>\n<ul>\n<li>Presidente\/a: Un funcionario\/a de la Corporaci\u00f3n.<\/li>\n<li>Secretario: La Secretaria de la Corporaci\u00f3n o funcionaria que la sustituya.<\/li>\n<li>Dos funcionarios o personal laboral del Ayuntamiento de Herrera del Duque o cualquier Organismo P\u00fablico.<\/li>\n<\/ul>\n<ol start=\"8\">\n<li><strong> INCIDENCIAS:<\/strong><\/li>\n<\/ol>\n<p>El Tribunal resolver\u00e1 por mayor\u00eda de votos de sus miembros presentes, todas las dudas y propuestas que surjan para la aplicaci\u00f3n de las normas contenidas en estas Bases, y estar\u00e1 facultado para resolver las cuestiones e incidencias que puedan suscitarse durante la realizaci\u00f3n de las pruebas, as\u00ed como para adoptar las medidas necesarias que garanticen el debido orden en las mismas en todo lo no previsto en las Bases.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Consulta las bases de esta nueva plaza de auxiliar de reparto<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":5665540,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":[],"categories":[11],"tags":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.herreradelduque.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/5665539"}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.herreradelduque.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.herreradelduque.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.herreradelduque.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.herreradelduque.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=5665539"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/www.herreradelduque.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/5665539\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":5665542,"href":"https:\/\/www.herreradelduque.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/5665539\/revisions\/5665542"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.herreradelduque.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/media\/5665540"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.herreradelduque.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=5665539"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.herreradelduque.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=5665539"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.herreradelduque.com\/en\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=5665539"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}