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Bases de selección 3 plazas de socorristas


herreradelduque - 15 September, 2020 - 0 comments

Consultas las bases de esta oferta de empleo

BASES PARA LA SELECCIÓN DE TRES PLAZAS DE SOCORRISTAS PARA EL AYUNTAMIENTO DE HERRERA DEL DUQUE

PRIMERA: OBJETIVO DE LA CONVOCATORIA.

Es objetivo de la presente convocatoria la selección a través de procedimiento de concurso de méritos con entrevista curricular, para su contratación como personal laboral, a jornada completa (40 horas semanales) de tres plazas de socorristas para el Ayuntamiento de Herrera del Duque

Las personas contratadas, percibirán el S.M.I., Brutos mensuales incluida paga extra, iniciándose la contratación el 05/10/20 y siendo la fecha de finalización del mismo, la de obra o servicio.

Las funciones a desarrollar serán las determinadas por el Ayuntamiento de Herrera del Duque en cada momento, siempre relacionadas con el puesto de trabajo, pudiendo incluir la impartición de clases, así como la responsabilidad en la vigencia del cumplimiento de las normas de la piscina y su coordinación, sobre todo en relación a las medidas a adoptar como consecuencia de la crisis sanitaria provocada por el Covid-19. 

SEGUNDA: PUBLICIDAD DE BASES Y CONVOCATORIA.

Las presentes Bases serán publicadas en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento, así como en la página web municipal (www.herreradelduque.es).

La convocatoria, que incluirá extracto de las bases, será publicada mediante anuncio en los lugares señalados anteriormente.

Las comunicaciones a efectos de notificación a los interesados/as, así como las citaciones y emplazamientos de los mismos, se llevará a cabo a través de cita previa telefónica

TERCERA: REQUISITOS.

Son requisitos necesarios para participar en el proceso selectivo:

1.- Ser español y mayor de edad, sin perjuicio de lo dispuesto en la legalidad vigente para el acceso de nacionales de los Estados miembros, así como los extranjeros residentes en España que reúnan los requisitos exigidos en la Ley Orgánica 4/2000.

2.-No estar incurso en ninguna causa de inhabilitación o incompatibilidad legal para el desempeño de la función pública, ni haber sido sancionado con Despido Disciplinario.

3.- Estar en posesión de la titulación de socorrista en salvamento y primeros auxilios con titulación expedida por entidades homologadas. Dichas titulaciones tienen que estar recicladas, cumpliendo los periodos que indican las entidades que las emiten, o bien, estar en posesión de la titulación de técnico de actividades físico deportivas, homologado titulo en vigor año actual

4.- No padecer enfermedad o defecto físico o psíquico que impida o dificulte el desempeño de las funciones inherentes al puesto de trabajo.

5.- Ser demandante de empleo.

Los requisitos para concurrir están referidos al último día de presentación de instancias.

CUARTA: PRESENTACIÓN DE INSTANCIAS.

Los interesados deberán presentar en las Oficinas del Registro General del Ayuntamiento de Herrera del Duque, hasta las 14:00 horas del día 25 de septiembre la siguiente documentación:

Solicitud de participación en modelo facilitado por el Ayuntamiento de Herrera del Duque.

Fotocopia del DNI.

Titulación de socorrista en salvamento y primeros auxilios o titulación de Técnico de Actividades Físico Deportivas. 

En el supuesto de que el título en socorrismo se encuentre en trámite de renovación se indicará en la solicitud; asimismo quienes resulten propuestos por el tribunal para su contratación deberán presentar esta titulación actualizada, en la fase de acreditación de los requisitos exigidos. (Antes de la finalización de la presentación de instancias)

Curriculum profesional acreditado con fotocopia de los méritos alegados.

Tanto los requisitos imprescindibles, como los méritos que se aleguen deberán, deberán ser acreditados mediante certificaciones expedidas por los organismos competentes.

La acreditación de la experiencia profesional deberá realizarse mediante certificaciones oficiales descriptivas del tiempo y funciones desarrolladas: certificados administrativos, contratos administrativos, contratos laborales o similares.

No será necesario la compulsa de los documentos presentados, salvo para quien sea propuesto por el tribunal para su contratación, que lo hará en fase de acreditación de requisitos.

QUINTA. – TRIBUNAL:

El Tribunal Calificador, estará integrado por cinco miembros, (un Presidente, dos vocales y un secretario), designándose igual número de suplentes. En la designación de sus miembros deberán respetarse los principios de imparcialidad y de profesionalidad, y se tenderá a la paridad entre hombres y mujeres observándose, en cualquier caso, el mínimo del 40% de representación de cada sexo. Todos los miembros del tribunal, titulares y suplentes, habrán de ser empleados públicos y poseer una titulación igual o superior a la requerida para el acceso a la plaza convocada. A sus deliberaciones pueden asistir como observador un representante por cada organización sindical con representación en la Corporación. Los miembros en que concurran las circunstancias previstas en el art. 28 de la Ley 30/92 de 26 de noviembre, deberán abstenerse de intervenir en el procedimiento comunicándolo a la autoridad convocante, pudiendo ser recusados por los aspirantes admitidos. No podrán constituirse ni actuar sin la asistencia de más de la mitad de sus miembros titulares, o en su caso, suplentes. En ausencia del presidente le sustituirá el vocal presente de mayor jerarquía, antigüedad y edad, por ese orden. Cuando el proceso selectivo por dificultades técnicas o de otra índole, así lo aconsejase, el Tribunal por medio de su Presidente, podrá disponer la incorporación al mismo con carácter temporal, de otro personal de diputación o de otras administraciones públicas, que colaborará exclusivamente en el ejercicio de sus especialidades técnicas, en desarrollo de los procesos de selección y bajo la dirección del citado Tribunal.

Así el Tribunal quedará constituido por los siguientes miembros:

Presidente: Un funcionario de la Corporación.

Secretario: La Secretaria de la Corporación o funcionario que la sustituya.

Vocales: Dos funcionarios o personal laboral fijo del Ayuntamiento o de cualquier Organismo Público.

SEXTA: SISTEMA DE SELECCIÓN:

Valoración de méritos (máximo 5 puntos):

1.- Experiencia:

– Por haber prestado servicios como Socorrista Acuático en piscinas durante los últimos 5 años: 0,10 puntos por cada mes con un máximo de 3 puntos.

  1. Formación:

– Por estar en posesión de Título de:

– Ciencias de la Actividad Física y del Deporte o grado equivalente: 1,25 puntos.

* Diplomado de Enfermería, Magisterio en Educación Física o tener superado más de la mitad del grado o licenciatura: 1 punto.

* Animación de Actividades Físicas y Deportivas (F.P. grado superior): 0,75 puntos.

* Cuidados Auxiliares de enfermería (F.P. grado medio) 0,50 puntos).

– Por estar en posesión del Título de Monitor de ocio y tiempo libre infantil y juvenil: 0,25 puntos.

– Por estar en posesión del Título de Monitor de natación: 2 puntos.

– Cursos relacionados con las funciones a desempeñar iguales o inferiores a 20 horas: 0,30 puntos por curso hasta un máximo de 1,5 puntos.

Entrevista curricular: Esta entrevista será realizada para todas las plazas y valorada con un máximo de 5 puntos.

La valoración se efectuará por el tribunal que se reunirá a tal efecto a partir de las 12,00 horas del día 28 de septiembre de 2020 en la Sala de Juntas del Ayuntamiento de Herrera del Duque.

SÉPTIMA: PROPUESTA DE CONTRATACIÓN:

El orden de clasificación definitiva de todos los aspirantes vendrá determinado por la suma de las puntuaciones totales obtenidas en la Valoración de méritos y Entrevista curricular. Esta misma clasificación determinará la propuesta de contratación del tribunal y de incorporación al servicio.

En caso de empate se dará prioridad a quien haya obtenido mayor puntuación en la Entrevista curricular, si persistiera, se procedería al desempate dando prioridad a quien haya obtenido mayor puntuación en el apartado de Formación.

En ningún caso el tribunal calificador podrá proponer para la contratación mayor número de aspirantes que plazas convocadas.

Se formará una bolsa de aspirantes de reserva, según orden de puntuación obtenida, para cubrir las posibles bajas surgidas durante el período de contratación.

OCTAVA: RECURSOS:

Las presentes bases y cuantos actos se deriven de las mismas se impugnarán con los medios y forma previstos en la Ley 40/2015 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, de de 1 Octubre 2015.

DESCARGA EL DOCUMENTO PARA LA SOLICITUD: Clic para descargar

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