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Convocatoria Técnico de Turismo


herreradelduque - 26 December, 2018 - 0 comments

BASES REGULADORAS PARA LA CONTRATACION LABORAL TEMPORAL DE UNA PLAZA DE TECNICO/A DE TURISMO PARA LA OFICINA DE TURISMO DE HERRERA DEL DUQUE.

1.- OBJETO:

Es objeto de la presente convocatoria, la seleccidn, mediante el sistema de concurso-oposicion de una plaza de Técnico de Turismo para la Oficina de Turismo de la localidad de Herrera del Duque, a jornada completa, mediante el acuerdo suscrito entre la Junta de Extremadura y el Ayuntamiento de Herrera del para el sostenimiento de esta oficina.

La duraci6n del contrato laboral sera desde la fecha de su formalizacién hasta el treinta y uno de diciembre de 2019, con posibilidad de prorroga anualmente, si continiian las necesidades del servicio y siempre y cuando se mantenga el acuerdo suscrito entre el Ayuntamiento de Herrera del Duque y la Junta de Extremadura.

Las funciones se orientaran, no sdlo a ser mero informador/a de los recursos turisticos de Herrera del Duque y su comarca, sino que se pretende que actiie como verdadero/a dinamizador/a turistico/a de la zona.

Entre estas funciones estardn las siguientes: ¢ Asesoramiento a empresarios locales del sector turistico. e Promocién y organizaci6n de eventos de promocion turistica. e Gestion de paginas web y perfiles en redes sociales de la oficina de turismo. e Gestidn y control de los recursos turisticos locales. ® Coordinaci6n con la Concejalia de Turismo de las politicas turisticas locales. e Informacion turistica actualizada a los visitantes, turistas y empresas afines, tanto en e destino como en origen.

e Detecci6n de necesidades formativas y puesta en marcha de planes de formacién especificos para el sector.

e Puesta en valor de fiestas locales. e Campafias de promocion y dinamizaci6n. © Cualesquiera otras, estrechamente relacionadas con las anteriores.

La seleccién se efectuard por el sistema de concurso-oposicién, en el marco de un procedimiento que posibilite la maxima agilidad en la seleccién, con respeto a los principios de igualdad, mérito y capacidad, asi como el de publicidad.

2.- CONDICIONES DE LOS ASPIRANTES:

Para poder ser admitidos a la seleccién los aspirantes deberan reunir en la fecha de finalizacién del plazo de presentacion de solicitudes, todos y cada uno de los siguientes requisitos:

  • Ser espafiol/a, o ciudadano de cualquiera de los Estados miembros de la UE, o de aquellos Estados a los que, en virtud de tratados internacionales celebrados por la UE y ratificados por Espaiia, le sea de aplicacion la libre circulaci6n de trabajadores, en los términos previstos en la Ley 17/93, de 23 de diciembre y demas normas concordantes.
  • Ser mayor de 16 ajios
  • No padecer enfermedad o defecto fisico que impida el normal desarrollo de sus
  • No haber sido separado de ninguna Administracié6n Publica, mediante expediente disciplinario ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones publicas por sentencia firme.
  • Tener total disponibilidad para desempefiar su jornada, asi como total disponibilidad para trabajar fines de semana, domingo y festivos.
  • Estar en posesion de la titulaci6n de Diplomado en Turismo, Grado en Turismo o Equivalente.

3.- SOLICITUDES:

Las solicitudes para tomar parte en estas pruebas selectivas se ajustaran al modelo establecido en el anexo I adjunto.

Las solicitudes debidamente cumplimentadas, se dirigiran al Ilmo. Sr. Alcalde Presidente de la Corporacion.- Plaza de La Concordia, 1 06670, Herrera del Duque (Badajoz), y a ella deberan acompariar fotocopia del DNI, fotocopia compulsada de la titulaci6n académica exigida para la admision al proceso.

La presentacion de solicitudes, podra realizarse en el Registro General de este Ayuntamiento o en la forma establecida en el Ley 39/2015, de 2 de octubre de 2015.

Las solicitudes, ajustadas al modelo de instancia que se facilitara al efecto, se presentardn en el Registro General de este Ayuntamiento, en horas y dias habiles de oficina, hasta el 8 de enero de 2019. Con posterioridad se publicard en el tablén de anuncios del Ayuntamiento lista provisional de admitidos, dandose un plazo de 2 dias habiles para reclamaciones, publicandose en el plazo de los dos dias siguientes la lista definitiva de admitidos, La prueba selectiva tendra lugar el viernes, 11 de enero de 2019 a partir de las 10.00 horas en la Sala de Juntas del Ayuntamiento de Herrera del Duque.

A la solicitud se le acompajiard un proyecto de plan estratégico para su implementacién en el municipio, que tenga en cuenta aspectos como la formacion del sector, la dinamizacion y mejora de la oferta, la promocion, la realidad econémico-social y cultural del turismo en Herrera del Duque, etc…Asi como la documentaci6n acreditativa de los méritos a puntuar en la fase de concurso.

4- TRIBUNAL CALIFICADOR:

El Tribunal Calificador, estaraé integrado por cuatro miembros, designandose igual numero de suplentes. En la designacién de sus miembros deberan respetarse los principios de imparcialidad y de profesionalidad. Todos los miembros del Tribunal, titulares y suplentes, habran de ser empleados publicos y poseer una titulacién igual o superior a la requerida para el acceso a la plaza convocada.

La abstenci6én y recusacién de los miembros del Tribunal sera de conformidad con los articulos 23 y 24 de la Ley 40/15, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Comin.

Cuando el proceso selectivo por dificultades técnicas o de otra indole, asi lo aconsejase, el Tribunal por medio de su Presidente, podra disponer las incorporacién al mismo con cardacter temporal, de otro personal de Diputacion o de otras administraciones publicas, que colaborara exclusivamente en el ejercicio de sus especialidades técnicas, en desarrollo de los procesos de seleccion y bajo la direcci6n del citado Tribunal.

Asi el Tribunal quedara constituido por los siguientes miembros:

Presidente: Un funcionario de la Corporaci6n, o de cualquier Organismo Publico Secretario: El Secretario de la Corporacion, o funcionario en quien delegue. Vocal: Un funcionario del Ayuntamiento o de cualquier Organismo Publico

Vocal: Representante de la Direcci6n General de Turismo.

A sus deliberaciones pueden asistir como observador un representante por cada organizacion sindical con representaci6n en la Corporacion.

El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de mas de la mitad de sus componentes, titulares o suplentes.

El tribunal resolverá por mayoria de votos de sus miembros presentes todas las dudas y propuestas que surjan para la aplicacién de las normas contenidas en estas Bases y estara facultado para resolver cuestiones que puedan suscitarse durante la realizacién de las pruebas, asi como para adoptar las medidas necesarias que garanticen el debido orden en las mismas en todo lo previsto en las bases. Sus acuerdos seradn impugnables en los supuestos y en la forma establecida en la Ley 40/15 de 1 de octubre.

5.- COMIENZO Y DESARROLLO DE LA OPOSICION:

Los aspirantes seran convocados para el ejercicio en Ilamamiento unico y deberan de ir provistos del DNI. La no presentacion al ejercicio en el momento de ser Ilamados, comporta que decae automaticamente en su derecho a participar en el mismo y, en consecuencia, quedara excluido del proceso selectivo.

De la sesi6n que celebre el Tribunal, el secretario levantara Acta donde se haran constar las calificaciones de los ejercicios de los aspirantes y las incidencias y votaciones que se produzcan.

El] acta constituira el expediente de las pruebas selectivas. Juntamente con el acta se unira al expediente las hojas de examen o ejercicios realizados por los opositores.

6.- CONCURSO- OPOSICION:

  1. A) OPOSICION (Puntuacién maxima: 10 puntos):

PRUEBA: ORAL. Consistira en la exposicion y defensa ante el tribunal de) proyecto presentado junto con la solicitud descrito en la BASE TERCERA relativo al plan de acción estratégico y dinamizacion de la oficina de turismo y del sector del turismo en la localidad. Esta prueba se puntuara de 0 a 10 puntos, siendo necesaria la obtencién de una puntuacion igual o superior a 5 puntos para superar esta prueba y en consecuencia pasar a la prueba siguiente y proceder a la valoraci6n de méritos detallados en la fase de concurso.

En este ejercicio, que tendra una duraci6n maxima de 10 minutos por aspirante, se valorarad particularmente la calidad de la expresión oral en la exposición y defensa del proyecto, el volumen y comprension de conocimientos de la realidad turistica, cultural y socioeconémica de Herrera del Duque, los conocimientos de gesti6n administrativa relacionadas con el puesto y la concrecion, concision y claridad de ideas.

Terminada la exposicion, el Tribunal podrd abrir un didlogo con el aspirante por un tiempo maximo de diez minutos sobre cuestiones relacionadas con la exposición y defensa del proyecto desarrollado, debiendo éste contestar a las aclaraciones que soliciten u observaciones que formulen los miembros del Tribunal.

  1. FASE DE CONCURSO (Puntuacién maxima: 5 puntos):

En la fase de concurso el Tribunal examinar los méritos aportados por los aspirantes que hayan superado la primera fase. Esta fase consistirá en la valoración de los méritos alegados y documentalmente justificados, bien con documentos originales o fotocopias compulsadas debidamente.

Los méritos a valorar en la fase de concurso serán los siguientes: 1. Por estar en posesión de la titulación de Grado en Turismo o equivalente: 1 punto.

  1. Por estar en posesién de la titulacién de Master o Postgrado oficial relacionado con turismo: 1 punto.
  2. Por cada mes de servicios prestados en la Administracién Publica en plaza de igual o similar contenido al que se opta: 0,10 puntos, hasta un maximo de 1 punto. Sera imprescindible presentar los contratos y el informe de vida laboral, para poder valorar este apartado, de tal forma que, si no se presentaren, no se procedera a puntuar la experiencia.
  3. Por cada mes de servicios prestados en la iniciativa privada en puesto de igual o similar contenido al que se opta: 0,05 puntos, hasta un maximo de 1 punto. Sera imprescindible presentar los contratos y/o el informe de vida laboral, para poder valorar este apartado, de tal forma que, si no se presentaren, no se procederd a puntuar la experiencia.
  4. Por cursos realizados en centros oficiales, que estén directamente relacionados con el puesto de trabajo, hasta un maximo de 1 punto:

Hasta 40 horas: 0, 10 puntos. De 41 a 60 horas: 0,20 puntos. De 61 a 80 horas: 0,30 puntos. De 81 a 100 horas: 0,40 puntos. De 101 a 200 horas: 0,70 puntos. De mas de 200 horas: 1 punto. 7.- LISTA DE APROBADOS Y PROPUESTA DE NOMBRAMIENTO.

Finalizadas las pruebas selectivas, el Tribunal formara relación comprensiva de los aspirantes que hayan superado el proceso selectivo por orden de puntuacion final obtenida, y hara publica en el tabl6n de anuncios del Ayuntamiento.

De acuerdo con esta lista, se elevar al Ilmo. Sr. Alcalde Presidente de la Corporación la propuesta de nombramiento a favor del aspirante aprobado.

Se constituirá una bolsa de trabajo, por orden de puntuación de los aspirantes que hayan superado las pruebas.

8.- IMPUGNACION Y REVOCACION DE LA CONVOCATORIA:

La presente convocatoria y los actos administrativos que se deriven de ella y de las actuaciones del Tribunal calificador, podran ser impugnados en los casos y en la forma establecida en la Ley 39/15, de 1 de octubre.

En cualquier momento y siempre antes de la expiración del plazo de presentación de solicitudes por los aspirantes, el Ilmo. Sr. Alcalde podra modificar o dejar sin efectos la convocatoria mediante la adopción del acuerdo correspondiente, que sera publicado en la forma prevista en la base siguiente.

En los demás supuestos, para la anulación o revision de oficio de los acuerdos aprobatorios de la convocatoria y sus bases, se estara a lo previsto en los articulos 106 y siguientes de la Ley

39/15, de 1 de octubre.


9.- PUBLICACION.

Las presentes bases, junto a la convocatoria, se publicaran íntegramente en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento, redes sociales y pagina Web municipal.

10.- BASE FINAL.

Se establece un periodo de prueba con los aspirantes que resulten seleccionados de 15 días. Este periodo de prueba tendrá el carácter y efectos que determina el articulo 14 del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores.

Las presentes bases están a disposición de los interesados y publico en general en las dependencias municipales para su consulta.

 

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