Consulta las bases de este tradicional concurso
Bases de Participación
- OBJETIVO- El Ayuntamiento de Herrera del Duque convoca la X edición del Concurso de Chaquetías de Herrera del Duque, con el objetivo de conservar, promover y fomentar nuestras costumbres y tradiciones populares.
- PARTICIPANTES- Podrá participar en el Concurso toda aquella persona que lo desee, siempre que no ostente un negocio relacionado con la elaboración de este tipo de dulce.
- REQUISITOS.- El Concurso queda abierto a aquellos dulces que se hayan elaborado de manera artesanal y tradicional, con los ingredientes propios del mismo. No formarán parte del concurso aquellos dulces que no sean exclusivamente caseros.
- INSCRIPCIONES.– Las inscripciones se realizarán en la Universidad Popular (Palacio de la Cultura) hasta el miércoles 29 de octubre, los días laborables, en horario de 10:00h a 14:00h.
- FORMA Y LUGAR DE PRESENTACIÓN. – Los dulces que se presenten a concurso se entregarán ya elaborados en el Palacio de la Cultura el jueves 30 de octubre en horario de 15:30h a 16:30h y la visita del jurado se realizará ese mismo día a las 17:30 horas para su degustación y fallo.
- PROCEDIMIENTO.-A cada participante se le asignará un número con el que se identificará cada plato. Los miembros del jurado valorarán tanto sabor, elaboración como presentación.
- NOMBRAMIENTO DEL JURADO.-El jurado estará compuesto por profesionales del sector de la panadería-repostería de nuestra localidad.
- PREMIO.-
Habrá un primer y único premio, por importe de ciento cincuenta euros (150€) para el X Concurso de Chaquetías 2025.
Por otro lado, en esta edición, habrá una asignación de cincuenta euros (50€) para cada uno de los participantes que no obtengan el primer y único premio del Concurso.
Tanto el premio como las asignaciones serán otorgados el mismo día de la visita, una vez emitido el fallo del jurado.
- DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS PARTICIPANTES.-El hecho de participar en el concurso supone la aceptación de las presentes bases y del fallo del jurado que será inapelable siendo también el competente para resolver cualquier incidencia no contemplada en las presentes bases.

